Se DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de las ciudadanas ANGELA CATERINA COLELLA CHIQUE y MARISELA COLELLA CHIQUE, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 16.148.649 y V- 17.744.096, en su orden; sobre una bienhechuría constituida por una (01) casa-quinta, con un área total de construcción de DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON CATORCE DECIMETROS CUADRADOS (246,14), cuyas dependencias y especificaciones están en el cuerpo de la solicitud y se dan por reproducidas, la cual declaran las solicitantes haber construido con dinero de su propio peculio, en un lote de terreno con una superficie aproximada de UN MIL QUINIENTOS METROS CUADRADOS (1.500 Mts2), ubicada en la Urbanización la Rosaleda, Distinguida con el No. 47, San Antonio de los Altos, Municipio Los Salias, Estado Miranda, cuyos linderos y medidas constan en autos; el cual les pertenece según se desprende de documento debidamente autenticado en el Registro Público del Municipio Los Salias Est.....