Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como las declaraciones testimoniales de los ciudadanos JOSÉ MIGUEL MILLÁN y MARLENIS DEL VALLE MARCANO, identificados ut supra, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en la resolución Nro. 2009-0006 de fecha 18/03/2009 emanada por el Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA a los ciudadanos MARÍA OLIVA ROSA VILLA DE RIVAS, CARMEN ELENA RIVAS VILLA, JOSÉ DANIEL RIVAS VILLA, YESENIA RIVAS VILLA, CELIA DEL VALLE RIVAS VILLA, mayores de edad, venezolanos y; titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.010.396, V-12.396.222, V-12.396.090, V-13.873.712 y V-14.644.426, respectivamente, ÚNICOS Y UN.....