DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano ARGENIS MEDINA MUJICA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V- 5.526.972, sobre unas bienhechurías consistentes de su propiedad, según consta en documento autenticado ante la notaria pública Municipio Cristóbal Rojas Charallave estado Miranda, bajo el Numero 39, Tomo 46, Folios 117 hasta el 119 en fecha 19 de julio del año 2021, sobre un terreno de propiedad municipal el cual está ubicado en el barrio Peñuela Ruiz, jurisdicción del Municipio Cristóbal Rojas Charallave con ficha catastral Nº 28787. Dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.
Devuélvase originales con sus resultas a la solicitante. Asimismo, expídase por Secretaría copia certificada de la presente solicitud a los fines de su archivo en este Juzgado, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Publíquese y Regístrese.
Dada, firm.....