En consecuencia, este JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO, EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTOBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando conforme a la atribuciones conferidas mediante Resolución Nº 2009-006 de fecha 18-3-2009 emanada del Tribunal Supremo de Justicia debidamente publicada en fecha 02-04-2009 en Gaceta Oficial Nº 39.152, y de conformidad con el artículo 937 ejusdem, DECRETA como UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, de la De Cujus ANA TERESA JIMENEZ DE MEJIAS, quien en vida era de nacionalidad venezolana, y titular de la cedula de identidad Nº V- 4.285.101, a sus únicos herederos a el cónyuge PABLO HUMBERTO MEJIAS GARCIA, de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V-5.571.477 y los hijos de ambos PABLO HUMBERTO GARCIA JIMENEZ, ANA TERESA MEJIAS JIMENEZ, TAHIRI DEL VALLE MEJIAS JIMENEZ, ALEXA.....