...por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 93 segundo aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se califica la flagrancia del hecho y de la aprehensión practicada al ciudadano PADILLA GALINDO JOVANY EDUARDO, por la presunta comisión del delito de AMENAZA AGRAVADA; previsto y sancionado en el artículo 41, último aparte ejusdem, en agravio de las ciudadanas XXXXXXXXXXXX y XXXXXXXXXX, quedando, en consecuencia, calificada la flagrancia del hecho in comento y legitimada, por tanto, la aprehensión que se hiciera del ciudadano PADILLA GALINDO JOVANY EDUARDO, de conformidad con la norma constitucional del artículo 44 numeral 1. SEGUNDO: En lo que respecta a la solicitud planteada por la representante del Ministerio Público, en cuanto a la aplicación del procedimiento especial, previsto en el cuerpo normativo de la novísima Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujere.....