...EL CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL y DE LAS PENAS ACCESORIAS, prevista en el artículo 13 de Código Penal, que le fueran impuestas al ciudadano ELIO WOLFGANG CONTRERAS GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. 6.010.351, quien fue condenado por el extinto Juzgado Primero Accidental de Primera Instancia en lo Penal de la Circunscripción del Estado Miranda, a cumplir la pena de ONCE (11) AÑOS, TRES (03) MESES, TRES (03) y TRES (03) HORAS DE PRESIDIO, por ser responsable en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO y VIOLACION, previstos y sancionados en los artículos 460 y 375 del Código Penal, más la accesorias de ley establecida en el artículo 13 del Código Penal, por cuanto la pena principal se extinguió el día de 11/04/2010.
SEGUNDO: Se declara la EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL en el presente caso, conforme con lo previsto en el antes señalado artículo 105 del Código Penal, por haber cumplido la pena principal, igualmente se extingue las penas accesorias a .....