...ÚNICO: En la facultad que confieren a este órgano jurisdiccional los artículos 64, último aparte, 479, numeral 1, y 531, todos del Código Orgánico Procesal Penal, se declara redimida por el trabajo, la pena que fuera impuesta al penado DÍAZ VÍCTOR JOSÉ, de nacionalidad venezolana, natural de Los Teques, Estado Miranda, nacido el día 19/08/1967, titular de la cédula de identidad personal número V-08.676.965, y con último domicilio en Barrio Guaremal, calle principal, casa No. 29, sector Los Jabillos, Los Teques, Estado Miranda; en fecha 23/03/1999, por el extinto Juzgado Superior Segundo en lo Penal, de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, redimiéndose de la pena en comento un tiempo de OCHO (08) MESES y DOS (02) DÍAS, de conformidad con lo establecido en los artículos 2, 3, 5 y 6 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, en relación con los artículos 478, 507 y 508 del texto adjetivo penal vigente.
Se dec.....