PRIMERO: CONDENA al Joven Adulto SE OMITE IDENTIFICACION por encontrarlo CULPABLE y en consecuencia penalmente responsable de los cargos imputados por la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público, en la comisión de uno de los Delitos Contra La Propiedad (ROBO PROPIO), conforme a lo previsto en el artículo 457 del Código Penal y en concordancia a lo dispuesto en el articulo 83 Ejusdem, y lo SANCIONA a cumplir las Medidas de 1.- Imposición de REGLAS DE CONDUCTA consistentes en: A.-. Obligación de continuar y culminar sus estudios escolares, consignando ante este Tribunal la respectiva constancia de estudio y notas, B.- Incorporarse al Campo Laboral, con la obligación de consignar constancia por ante este Tribunal, C.- Prohibición de frecuentar lugares donde se expidan bebidas alcohólicas y juegos de envite y azar, D.- Presentarse por ante este Tribunal cada quince (15) días, a partir del día 24 de febrero de 2005 , y E.- Prohibición de tener contacto alguno con la victima, medida que .....