ACUERDA: PRIMERO: En cuanto a la solicitud de la defensa a la inimputablilidad del adolescente, esta se determinará una vez conste en auto los exámenes psiquiátricos correspondientes. SEGUNDO: Declara con lugar la solicitud de imposición de medida cautelar, solicitada por el Ministerio Público, y se le Impone las contemplada en el artículo 582 literales "g y c" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, consistente en la primera en la obligación de presentar de dos (02) fiadores, que en su conjunto devenguen el equivalente a SETENTA(70) Unidades Tributarias, igualmente los fiadores deberán reunir por separado los siguientes requisitos 1.- Constancia de Residencia expedida por la correspondiente Prefectura Civil, Junta Parroquial o Asociación de Vecinos, con clara especificación de la dirección de la misma, 2.- Constancia de Buena Conducta, expedida por la correspondiente Prefectura Civil de la localidad donde reside, 3.- Constancia de Trabajo, con especific.....