ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE DECLARAR ADMISIBLE la acusación interpuesta por Ciudadana Gabriela Fernández Quintero, titular de la cédula de identidad N°: V- 8.754.997, quien se denominara querellante; contra las personas (imputados) Joaquin de Sousa Ferreira, Palmira da Dilva Nunes Ferreira, Jorge Juan Saveg Homsay y Clara Moreno, de conformidad con el artículo 296 del Código Orgánico Procesal Penal