DECRETA la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de los ciudadanos: JUAN JOSE HERNANDEZ ARNAUDE, de nacionalidad venezolana, natural de San Juan de los Morros, Estado Guarico, fecha de nacimiento 27-06-1949, de 60 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.657.780, de estado civil soltero, de profesión u oficio: Taxista, residenciado en: Calle Tellechera Garcia, casa Nª 23-1, Guatire, cerca de la Panaderia el Rosario, de Color gris, Teléfono: 0416-722-32-18, Estado Miranda y JUAN JOSE PIÑANGO FLORES, de nacionalidad venezolana, natural Guatire, fecha de nacimiento 29-08-1960, de 49 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.385.241, de estado civil soltero, de profesión u oficio: albañil, residenciado en: Calle Tellechera Garcia, casa Nª 23, Guatire, de Color Rosado, Estado Miranda, Estado Miranda, por la comisión del delito de: TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION