DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, contra el imputado ROBERT ARMANDO LUQUE MONROY, Por la presunta comisión del delito de Robo de Vehículo Automotor, previsto en los Artículos 5 con las agravantes del artículo 6 numerales 2, 3, 5, 8, 10, y 12 de la Ley Sobre El Hurto y Robo de Vehículo Automotor; Privación Ilegítima de Libertad previsto en el artículo 175 del Código Penal y Concurso Real del delito del artículo 87 Ejusdem, y MAGO CONCEPCION JOSMEN. Por la presunta comisión del delito de Robo de Vehículo Automotor, previsto en los Artículos 5 con las agravantes del artículo 6 numerales 2, 3, 5, 8, 10, y 12 de la Ley Sobre El Hurto y Robo de Vehículo Automotor; Porte Ilícito de Arma de Fuego, tipo penal previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley de Reforma del Código Penal; Privación Ilegítima de Libertad previsto en el artículo 175 del Código Penal y Concurso Real del delito del artículo 87 Ejusdem.