D I S P O S I T I V A
Por lo antes expuesto, este Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RATIFICA la medida cautelar sustitutiva de libertad impuesta en fecha 10-05-03, al ciudadano TORO REINA JOSE MIGUEL, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-13.903.357, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinales 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal, y se DECLARA SIN LUGAR LA SOLICITUD interpuesta por la DRA. FRANCIA COELLO GONZALEZ.
Publíquese, regístrese, notifíquese a las partes y déjese copia de la presente decisión.
EL JUEZ QUINTO DE CONTROL
DR. LEO JOSE MATA BLANCO
LA SECRETARIA
ABG. MARLUIZOR GARCIA
En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.
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