Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado en ejercicio LUIS ALBERTO BELO PIÑEIRO, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana KENIA BRIGGITTE POLANIA ORTEGA, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda en fecha 4 de agosto de 2022; y en tal sentido, se CONFIRMA la referida decisión en todas y cada una de sus partes, bajo las consideraciones expuestas en el presente fallo, a través de la cual declaró INADMISIBLE la ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO que incoara la prenombrada contra los ciudadanos NIURKA NAVID QUINTERO POLANIA, NATASHA AIMARA QUINTERO POLANIA, CA.....