V
DISPOSITIVA.
Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ordena la REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de admisión de la demanda, a los fines de que se sean llamados al juicio los ciudadanos ADOLFREDO ÁLVAREZ HERNÁNDEZ y ROSA VIERMA DE ÁLVAREZ, en su carácter de coherederos del causante LUIS ÁLVAREZ CRESPO y el último de ellos, en su condición además de vendedora del inmueble objeto del litigio, para que formen parte de la relación jurídico procesal como codemandados, y posteriormente se practique la citación de los prenombrados a los fines de que contesten la demanda, todo ello con el propósito de integrar debidamente el litisconsorcio pasivo necesario, y con el fin de ordenar el proceso y procurar el equilibrio de las partes en el mismo; quedando en consecuencia NULAS todas las actuacion.....