Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el ciudadano WILLIAM JOSÉ AMICO SOSA, en su carácter de presidente de la sociedad mercantil MULTISERVICIOS FORMULA 2025, C.A., debidamente asistido por el abogado en ejercicio LUIS OSCAR SOSA RUIZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 28.605, contra la decisión proferida por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda en fecha 17 de abril de 2018; y en este sentido, se CONFIRMA CON DISTINTA MOTIVA la referida decisión, a través de la cual se declaró SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 11° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil,plante.....