IV
DISPOSITIVA.
Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la demanda que por DESALOJO fuere incoada por el abogado OSCAR JOSÉ GODOY ESCARRAGA, actuando como apoderado judicial del ciudadano JOSÉ MANUEL PENEDO RODRÍGUEZ, según representación conferida por la ciudadana OLGA DORA CRUZ ALEMÁN contra la ciudadana MAROUN SLEIMAN MATTA; en consecuencia, se declara la NULIDAD de todo lo actuado en el presente juicio incluyendo la decisión dictada en fecha 9 de febrero de 2017, por el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Brión y Eulalia Buroz de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, con sede en Higuerote.
Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay expresa condenatoria en costas.