VI
DISPOSITIVA.
Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la abogada MARÍA MILAGROS VERA, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, ciudadana KIMBERLEY DEL VALLE RENDÓN RAMOS, contra la decisión proferida por el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del estado Miranda el 8 de agosto de 2017; través de la cual fue declarada EXTINGUIDA la demanda que por RETRACTO LEGAL ARRENDATICIO fuere incoada por la prenombrada contra los ciudadanos EDUARDO JOSÉ ESPINOZA y LEONARDA ESPINOZA, plenamente identificados, de conformidad con el artículo 354 del Código de Procedimiento Civil, y bajo el efecto previsto en el artí.....