VII
DISPOSITIVA
Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio PEDRO ALBERTO MOYA ÁLVAREZ, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ANTONIO DAVID GONCALVES –parte demandada–, contra la decisión proferida por el Tribunal Tercero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, en fecha 30 de junio de 2017; en consecuencia, se CONFIRMA la referida decisión, motivo por el cual se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de DESALOJO interpuesta por la sociedad mercantil INVERSIONES VILLA HEROICA, C.A., contra el prenombrado ciudadano, todo ello en el entendido de q.....