IV
DISPOSITIVA.
Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesta por el abogado en ejercicio FRANCISCO RODRÍGUEZ, actuando en su carácter de apoderado judicial de lo codemandados, ciudadanos JOSÉ LUIS QUINTANA SOUSA, MARÍA DEL CARMEN GARCÍA de HENRIQUES y EVARISTO MANUEL HENRIQUES GONCALVES, contra el auto dictado por Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mirandaen fecha 2 de abril de 2018(inserto al folio 12 del presente expediente), mediante el cual ordenó realizar cómputo de los días de despacho transcurridos; en consecuencia, SE REVOCA PARCIALMENTE el auto proferido por el tribunal de la causa en fecha 16 de abril de 2018.....