V
DISPOSITIVA.
Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR el RECURSO DE HECHO presentado por el abogado GUSTAVO RAFAEL IZAGUIRRE FILGUEIRA, quien manifestó actuar en su propio nombre y en representación de la presunta entredicha, ciudadana MIRNA MARGARITA FILGUEIRA, contra el auto dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda en fecha 10 de febrero de 2020, el cual negó el recurso de apelación interpuesto por el aludido profesional del derecho, contra el auto proferido por el referido juzgado en fecha 29 de enero de 2020; y por consecuencia, se CONFIRMA la aludida decisión.