En merito de los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Miranda con sede en Los Teques, actuando en sede constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional, incoada por los Ciudadanos SIMÓN ANTONIO ORTIZ, EUGENIA JOSEFINA RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ, JOEL ALFONSO DOMÍNGUEZ RODRÍGUEZ, MELAIDY ASTRID ROA DE DOMÍNGUEZ, BERTA ISABEL RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ, BERNABÉ JOSÉ REVETTE ROJAS, LUIS ANTONIO DOMÍNGUEZ SALAZAR, REINA MARISELA DOMÍNGUEZ RODRÍGUEZ, WILMER ALFREDO DOMÍNGUEZ RODRÍGUEZ, MARYURY MERCEDES CASTILLO DE DOMÍNGUEZ, ÁNGELA ROSA RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ, identificados ut supra, contra la sentencia dictada en fecha 22 de julio de 2002. por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunsc.....