VI
DISPOSITIVA.
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado en ejercicio LUIS GERARDO TARAZONA CAMPOS, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte querellante, ciudadana BELKIS ROSA RANGEL, contra la decisión proferida en fecha 30 de noviembre de 2015, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Miranda; la cual se CONFIRMA con distinta motiva, y en consecuencia, se declaró SIN LUGAR la querella interdictal de amparo incoada por la prenombrada contra el ciudadano JOSÉ ALEJANDRO GONZÁLEZ ZAMORA, plenamente identificados.
De conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte recurrente.