VI
DISPOSITIVA.
Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada en ejercicio MIGDALIA COROMOTO AYALA, en su condición de apoderada judicial del ciudadano JESÚS REMÍS ZARAGOZA, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Miranda en fecha 19 de marzo de 2014, la cual CONFIRMA bajo las consideraciones expuestas en el presente fallo; a través de la cual se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO interpusiera la sociedad mercantil COMERCIAL SICA MAR, C.A. en contra del prenombrado, en consecuencia, RESUELTO el contrato de venta con reserva de dominio autenticado ante el Regis.....