III
Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la INHIBICIÓN planteada en fecha 27 de marzo de 2017, por el abogado AGFADOULE JOSÉ AGRINZONES FARRAY, actuando en su condición de juez del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, con respecto al juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, fuere incoado por la ciudadana MARÍA HAYDEE MOLINA RANGEL, en contra de la sociedad mercantil BODEGÓN EL REY DEL LICOR, C.A., tramitada en el expediente signado con el No. 2016-1039 (según nomenclatura interna de ese tribunal).
En virtud de la anterior declaratoria, se ordena la remisión inmediata del presente expediente.