III
DISPOSITIVA.
Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: ÙNICO: CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de divorcio No. 9224 que fuera dictada por el Tribunal Judicial de Ourém 2º Juzgado, Praça do Municipio-2490-499 Ourém, en fecha 3 de octubre de 2013, debidamente apostillada por el Procurador General Distrital de la República, ciudadano Euclides José Dâmaso Simões, en la República de Portugal, el día 22 de enero de 2016, mediante la cual disolvió el vínculo matrimonial que existía entre los ciudadanos LUIS JERÓNIMO MARTINS RIBEIRO y ANA PAULA DE OLIVEIRA PIRES, antes identificados, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Sucre del estado Miranda, en fecha 23 de julio de 1986, según consta de acta de matri.....