En todas las oportunidades la aclaratoria fue interpuesta fuera del lapso, no constando en el expediente que la solicitud fuera formulada ni el día de su publicación, ni en el siguiente, razón por la cual debe desestimarse por extemporánea. SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha 23 de abril de 2003 por la apoderada judicial de la parte actora.