-III-
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el Ordinal 1° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, referente a la falta de competencia del Tribunal, promovida por la parte demandada, ciudadana MILCA ROQUEL GONZÁLEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, estado civil soltera y titular de la cédula de identidad No. V-5.877.399, en la acción reivindicatoria que sigue las ciudadanas LICIA MERCEDES MACIAS DIAZ, CRISTINA COROMOTO MACIAS DIAZ, DOMINGO JUAN MACIAS DIAZ, AURISTELA ARENAS HIGUERA, LICIA CRISTINA DIAZ CARREÑO, de nacionalidad venezolana, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nºs. V-6.855.926, V-6.548.602, V-6.548.603, V-2.145.526 y.....