en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara... Que no se produjo la perención de la instancia en este proceso...Que al no haber sido impugnado el derecho al cobro de los honorarios, ni haber sido ejercido el derecho de retasa, los honorarios profesionales intimados, que ascienden a la cantidad de UN MILLON CUATROCIENTOS DOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.402.000,oo), han quedado definitivamente firmes