...Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: SERGIO CRISTOBAL MONTERO GUERRERO y OMAIRA JOSEFINA SERRANO DE MONTERO, mayores de edad, casados, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-4.332.506 y V-5.617.873, respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 10 de marzo de 1980, por ante la Primera Autoridad Civil del Distrito Plaza (hoy Municipio Plaza) del Estado Miranda, según consta de Acta Nro 35, del Libro de Registro Civil de Matrimonio llevado por ese Despacho durante el año 1980.-