Como consecuencia de lo anteriormente expuesto este Tribunal, a tenor de lo establecido en el mencionado artículo 630 del Código de Procedimiento Civil decreta MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO sobre un inmueble propiedad de los demandados ciudadanos MARCO ANTONIO PÉREZ COSME Y MINERVA ERESBEY MERCHAN DE PÉREZ, identificado de la siguiente manera: "Apartamento identificado con el Nro. 02-13, ubicado en el Edificio 2-2, piso Planta Baja, del Conjunto Residencial La Casona (Etapa 1) situado en los Lotes 1 y 2 de la Urbanización La Casona, constituido por las parcelas A8A9A10, de la Urbanización El Castillejo, Jurisdicción del Municipio Zamora del Estado Miranda, con una superficie aproximada de 72,50 Mts2, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Fachada Norte; SUR: Fachada Sur y Escalera; ESTE: Fachada Este; y OESTE: Apartamento Nro. 2-14.-