... DECLARA TITULO SUPLETORIO suficiente de Propiedad sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, ubicadas en la siguiente dirección: Urbanización Arnaldo Arocha, Sector La Capilla, Vereda 20, Casa Nro. 4452, Guatire, Municipio Zamora del Estado Miranda, con los siguientes linderos: NORTE: Dos medidas, 8,00 Mts2 y 7,10 Mts2 con Quebrada Tapaima; SUR: Dos medidas, 8,80 Mts2 y 8,25 Mts2 con Vereda 20; ESTE: Dos medidas, 17,05 Mts2 y 1,90 Mts2 con casa que es o fue del ciudadano Saul Giron y OESTE: 21,40 Mts2 con casa que es o fue del ciudadano Abrahan Rodríguez. Con una superficie de construcción de 159,17 Mts2, a favor de los ciudadanos: GONZALO EDUARDO TORREALBA y FIDENCIA JOSEFINA MARTÍNEZ GUERRA, venezolanos, solteros, mayores de edad, Titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-622.921 y V-4.222.145, respectivamente. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando copias, previa certificación en actas por secretaría.-