Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado del Municipio Cristóbal Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio, intentada por los ciudadanos JUVENAL HERNANDEZ Y MARLENE ALEJA TORREALBA GUZMAN, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de Identidad N° V-6.131.257 y V-6.907.154, respectivamente, fundamentada en el artículo 185-A, del Código Civil, y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que los unió, contraído el veinticinco (11) de Mayo de 1982, , ante la Primera Autoridad Civil de la Jefatura Santa Rosalía Municipio Libertador, del Distrito Capita.
Notifíquese mediante oficio a las autoridades competentes, previa consignación de los fotostatos correspondientes.