Ahora bien, se ratifica que se ha consumado en su totalidad el lapso de cumplimiento voluntario que dicha norma consagra; y, como quiera que no consta de los autos demandada diera cumplimiento al fallo; el Tribunal en consecuencia, de conformidad con el artículo 526 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA DE EJECUCIÓN FORZOSA; y conforme al artículo 527 eiusdem, se decreta Medida Ejecutiva de Embargo sobre bienes propiedad de la parte demandada OMNIX SOLUTIONS CORPORATION, C.A., D-NET TECNOLOGÍA y SERVICIOS, C.A. MARCANO BARBETTI & ASOCIADOS, C.A. y SOLUCIONES E SERVICE INC, C.A., y solidariamente a las personas naturales a los ciudadanos MARÍA EMILIA BARBETTI OROPEZA Y PEDRO VICENTE MARCANO PÉREZ, titulares de la cedula de identidad Nros. 15.173.167 y 11.902.365, hasta cubrir la cantidad de cuatro millones novecientos sesenta mil doscientos setenta y cuatro bolívares con cero céntimos (Bs. 4.960.274,00), que comprende el doble del total a pagar, es decir, cuatro millones trescient.....