...declara CON LUGAR la solicitud de divorcio accionada por los ciudadanos AURA MARINA AMUNDARAY Y JOSÉ LUIS FLAMES GUAIPO, ambos suficientemente identificados en el cuerpo del presente fallo, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los une desde el veintiuno (21) de marzo de 1986, según consta de acta N° 30, correspondiente al año 1986. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil Venezolano. A continuación este juzgador pasa a precisar el dispositivo del fallo en los siguientes términos: --------------------------------------------------------------------------------------------------