En consideración a los razonamientos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción del Estado Miranda con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara improcedente la solicitud de caución o fianza para suspender los efectos de los actos administrativos recurridos de nulidad.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, a los dieciséis (16) días del mes de julio del año dos mil quince (2015). Año 205 de la Independencia y 156 de la Federación
EL JUEZ
ABG. LUIS PIÑANGO CONTRERAS
LA SECRETARIA
Abg. JEMMY ACOSTA
Nota: en esta misma fecha siendo las 2:30 p.m., se publicó y se registró la anterior decisión, previo las formalidades de Ley.
LA SECRETARIA
Abg. JEMMY .....