"... Este Juzgado Quinto de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas declara: PRIMERO: Vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto no vulnera derechos irrenunciables del ex trabajador ni normas de orden público, HOMOLOGA EL PRESENTE CONVENIMIENTO ENTRE LAS PARTES, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, dándole efectos de Cosa Juzgada, se hace entrega de los medios probatorios consignados al inicio de la audiencia preliminar una vez conste en autos el pago acordado se ordenara el archivo del expediente ..."