este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, le imparte la correspondiente HOMOLOGACION, en los mismos términos expuestos por las partes involucradas, por considerarla ajustada a derecho con eficacia jurídica, dándole el carácter de Cosa Juzgada. Así se decide.
Se acuerda de conformidad con lo establecido en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo de copiadores. Se ordena el cierre y archivo del expediente.
Se ordena la publicación de la presente decisión en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia, en el site denominado Región Miranda.
Dado, firmado y sellado en el Despacho del Tribunal en Guarenas, a los quince (15) día del mes de noviembre de 2016.