DISPOSITIVO
En base a todas las consideraciones y razonamientos de hecho y de derecho, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: Primero: SU INCOMPETENCIA POR EL TERRITORIO, para conocer el presente caso; Segundo: SE DECLINA LA COMPETENCIA POR EL TERRITORIO, y se ordena la remisión inmediata del presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques, a objeto de que previa distribución, remita el presente expediente, al Juzgado de Juicio de dicha Circunscripción Judicial correspondiente, a los fines de que continúe conociendo de la presente causa. Así mismo, se ordena remitir al referido Juzgado dos (02) juegos.....