Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, conforme a los Artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara: Se declara la CONFESIÓN FICTA de la parte co-demandada, ciudadanos UBALDINA ALTUVE DE CARRILLO y VICTOR JULIO CARRILLO MACHADO, quienes son venezolanos mayores de edad, cónyuges e titulares de las cedula de identidad Nros. 6.396.445 y 8.726.065, respectivamente.- PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda de NULIDAD DE VENTA incoada por los ciudadanos NELSON MARQUEZ y MARVI NATALY GERONIMO DE MARQUEZ, venezolanos, de este domicilio, titulares de las cedulas de identidad Nros. 3.629.231 y 6.416.377, respectivamente, contra los ciudadanos UBALDINA ALTUVE de CARRILLO, VICTOR JULIO CARRILLO MACHADO, ANGEL GUILLERMO VERA y YAJAIRA MEZA LOPEZ venez.....