...la decisión que recaiga en el presente expediente, me INHIBO de conocer de la presente causa, por estar incursa en la causal contenida en el ordinal 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, se ordena agregar al presente expediente copia certificada de la sentencia in comento, así como remitir el expediente al Juzgado Segundo de Municipio del Municipio Guaicaipuro de esta misma Circunscripción Judicial, a fin de que continúe conociendo de la causa, así como remitir copia certificada de la presente acta y de la indicada sentencia de fecha 26 de marzo de 2012, al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta misma Circunscripción Judicial, con la finalidad de que se decida sobre la inhibición planteada, una vez transcurra el lapso para el allanamiento, conforme el artículo 86 eiusdem. Es todo.