...declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos DEICY NATALIE NUÑEZ PIÑERO y MANUEL FELIPE GONZÁLEZ REGALADO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-11.916.109 y V-6.940.591, respectivamente, y en consecuencia, DISUELTO el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha 03 de marzo de 1988, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sana Rosalía del Municipio Libertador de Distrito Federal, según consta en Acta de Matrimonio Nº 54, folo 54, del año 1988, todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A, del Código Civil. QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNIÓ.