...No obstante, quien aquí suscribe, a título ilustrativo, se permite señalar que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el Capítulo III del Título III, contiene un amplio catálogo de derechos, cuya vulneración podría dar lugar a una acción de amparo constitucional. Del mismo modo, el Código de Procedimiento Civil en sus artículos 699 y siguientes, consagra procedimientos especiales para la sustanciación de los interdictos posesorios previstos en el Código Civil, en alguno de los cuales podrían subsumirse los hechos narrados por el accionante en el supuesto previsto en la norma. En el mismo sentido, debe anotarse que para interponer tales acciones el interesado debe cumplir los requisitos procesales, y proponerlas ante el Órgano Jurisdiccional competente.