... Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, decreta las mismas TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de los ciudadanos OSWALDO RODULFO YANES RODRIGUEZ, LESBIA YANEZ, JUDITH JANES Y BETTY YANES DE PISAPIA, titulares de las cedulas de identidad Nro. 2.132.925, 3.122.679, 3.122.378 y 3.124.995, respectivamente, para asegurar los derechos que tengan dichos ciudadanos en la Sucesión de la ciudadana MARIA DOLORES YANES RODRIGUEZ, quien falleció en fecha 24 de Junio de 2013, en su carácter de causahabientes de la prenombrada causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.