Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18-03-2009, emanada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, DECRETA: TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana TAILEXANDRA DEL CARMEN PUERTA GUARDIA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, civilmente hábil y titular de la cedula de identidad Nº V-14.720.116, sobre la bienhechuría antes descripta ubicada en La Comunidad Cacique Terepaima, Municipio Cristóbal Rojas, Charallave, Sector La Marina, al frente del centro de acopio Mercal Manzana C, Calle Antonio José de Sucre, N° de casa 325, del es.....