..DECRETA LA REPOSICION de la presente causa al estado de promoción de los medios de prueba, conforme al artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, en conexión con el artículo 212 ejusdem, quedando nulo únicamente el auto de fecha 14.04.08, mediante el cual se fijó el inicio de la fase de sustanciación, por consiguiente, las partes deberán promover sus medios de prueba dentro de los 10 días de audiencia siguientes.