acordar la solicitud de la revisión de la medida, ya que, es un Derecho de todo imputado, interpuesta por el DR. FREDDY CABRERA, Defensor Privado, actuando en representación de la ciudadana: KANIA RAFAEL DIAZ VARGAS, por lo antes expuesto se acuerda DAR CON LUGAR, la solicitud interpuesta por la Defensa, en cuanto al cambio de la imposición de una medida menos gravosa, el artículo 256 ordinales 3 y 4 siendo estos la presentación periódica cada Ocho (08) días por ante la coordinación del alguacilazgo de esta Extensión Judicial, como también la prohibición de salir de la jurisdicción del Estado Miranda y área Metropolitana de Caracas de igual manera ordena la practica de un reconocimiento médico forense, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, con sede en Guarenas, Departamento de Ciencias Forenses y por ende revoca medida privativa judicial preventiva de libertad, establecida en el artículo 250 en concordancia con los artículos 251 y 252 eiusdem, d.....