...DECLARA, estas diligencias, JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que los ciudadanos MORENO ALCIRA JOSEFINA, MARQUEZ MORENO JOSE, MORENO DE SULBARAN SILVIA MARGARITA, PEÑA MORENO IRAIMA, PEÑA MORENO ALVARO ENRIQUE, MORENO FREDDY EMILIO Y MORENO JHONDER ANTONIO, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-4.283.222, V-5.141.749, V-6.355.469, V-6.520.451, V-6.520.455, V-5.423.172 y V-6.866.512, en ese mismo orden, en su condición de hijos, se consideran ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante que en vida respondiera al nombre de ANA CORINA MORENO, venezolana, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-2.581.425, quedando siempre a salvo los derechos de terceros. Déjese constancia en el libro diario llevado por este Tribunal.