Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, conforme a los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara:Se declara CON LUGAR la demanda por Nulidad de Venta con Pacto de Retracto, incoada por los ciudadanos CAROLINA HERNANDEZ DE RIVAS y ARTURO RIVAS, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.423.945 y V-6.421.909 respectivamente, contra la ciudadana CARMEN DOLORES RÍOS, titular de la cédula de identidad Nº V-1.296.934. Se declara LA SIMULACION RELATIVA del negocio jurídico contenido en el documento de Venta con Pacto de Retracto, autenticado por ante la Oficina de Registro Inmobiliario del Municipio Independencia del Estado Miranda, en fecha 11 de noviembre de 2005, anotado bajo el Nº 68, Tomo 34º, de los libros de autenticaciones llevados.....