A la luz de las consideraciones anteriormente expuestas, esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, extensión Barlovento, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado MANUEL JOSÉ GARATE ZAMBRANO, en su condición de defensor privado del ciudadano MAURICIO JOSÉ TEIXEIRA DA SILVA, contra la decisión de fecha 13-05-2014, proferida por el Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual el referido Órgano Jurisdiccional dictó medida cautelar innominada de prohibición de enajenar y gravar determinados bienes inmuebles propiedad de la empresa "Construcciones Tecni Obra, 3000, C.A.", inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda.....